Bueno, ya me han contestado de Eusko Jaurlaritza, en relación a mi pregunta sobre los votos en blanco, nulos y abstenciones.
Me comentan que se utiliza esa Regla D'Hondt que comentabas, Lupanar. Y según esa regla, los partidos necesitan un porcentaje mínimo de votos para entrar en el reparto de escaños.
En las elecciones municipales, ese porcentaje mínimo es del 5%, y del 3% en las de juntas generales.
Me han comentado también, que para el cómputo de esos porcentajes, se realiza con los votos válidos y los votos en blanco. Que los nulos y las abstenciones no se contabilizan.
Por eso, votar en blanco supone subir el listón del porcentaje mínimo para obtener escaños, con lo que se favorece a los que tengan más votos.