Author Topic: Programa Actuación Urbanizadora U.E. 5-2 La Arena (Zona Camping)  (Read 2713 times)

bittte

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Noticia aparecida hoy, 08/11/2007, en el BOB:
http://www.bizkaia.net/lehendakaritza/Bao_bob/2007/11/20071108a218.pdf#page=27

[ver página 27 del documento]

Ayuntamiento de Zierbena
ANUNCIO
Programa de Actuación Urbanizadora de la U.E. 5-2 de La Arena
   Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 26 de octubre de 2007, se procede a la aprobación inicial del Programa de Actuación Urbanizadora de la U.E. 5-2 de La Arena, con las condiciones señaladas en el informe emitido por el Arquitecto Asesor Municipal. A los efectos de lo dispuesto en el artículo 156.3 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco, se publica el presente anuncio conteniendo los elementos esenciales del citado Programa, por plazo de 20 días, para dar la debida información pública y para recibir las correspondientes alegaciones.
CONTENIDO DEL PAU
I. Contenido Técnico-urbanístico
   Se redacta el correspondiente Esquema de Urbanización, bajo el marco de un anteproyecto de urbanización. En el citado anteproyecto de urbanización se especifica que las obras de urbanización consisten, además de las que corresponden al interior del ámbito, a aquellas que aún encontrándose fuera de su límite, se llevarán a cabo por cuenta de los propietarios. Se recogen, asimismo, con el grado de desarrollo de un anteproyecto, todos los puntos relativos a los recursos necesarios para la prestación de los servicios de abastecimiento, características básicas de la red de evacuación de aguas, del servicio de electricidad, del servicio de alumbrado público, del servicio de telecomunicaciones, del servicio de gas, de la red viaria prevista y una memoria de calidades previstas en las principales obras y elementos de urbanización.
   El coste aproximado de las obras de urbanización, tanto las ubicadas en el interior del ámbito, como las del exterior al mismo, incluyendo indemnizaciones, honorarios, publicaciones y gastos de promoción y gestión de la actuación, ascienden en su conjunto a la cifra de 1.500.926,06 euros.

II. Contenido Jurídico-urbanístico
a) Concreción del régimen de actuación y sistema de actuación:
   El presente Programa de la Unidad de Ejecución U.E. 5-2 de La Arena, se redacta a iniciativa del propietario mayoritario de los terrenos afectados, Excavaciones Iru-Bat, S.A., el cual representa más del 50% de la propiedad del suelo del Área, en cumplimiento del artículo 160 de la LSU.
   De acuerdo con lo señalado en el PAU, el régimen de ejecución será privado mediante concesión administrativa y el sistema de actuación de concertación.

b) Delimitación de la Unidad de Ejecución:
   Se delimita una única Unidad de Ejecución.
   La delimitación de la Unidad de Ejecución, es en todo coincidente con la delimitación y ámbito del PERI de ordenación aprobado.
   Su superficie total es de 26.136 m2.
   Está grafiada en el plano número 4 «Delimitación de la U.E. (Ámbito del PAU)».

c) Plazos para la presentación de la propuesta de equidistribución de beneficios y cargas:
La presentación de la propuesta de equidistribución (en el caso de que así lo considere la Administración Actuante) se realizará antes de transcurridos seis meses a contabilizar desde la aprobación definitiva de este PAU.

d) Plazos para la realización de las obras de urbanización y de edificación:
— En cuanto a las obras de urbanización, en el apartado 9 de la memoria, se expresa la programación de la ejecución de la urbanización, que se divide en dos fases allí pormenorizadas.
Los plazos programados de ejecución serán:
— 1.a fase: Dos años.
— 2.a fase: Dos años.

   Totalizando una duración máxima de cuatro años a contabilizar desde la formalización y registro de la equidistribución que apruebe definitivamente la Administración Actuante.
   Las obras de desarrollo de las fases de urbanización, tendrán un calendario que abarcará un tiempo de nueve meses y medio a ejecutar en las dos fases previstas, y su diagrama de actividades/tiempos se refleja en el cuadro adjunto a dicha memoria.
— En cuanto a la edificación, los plazos de edificación de los solares resultantes serán de una duración de tres años que se contabilizará a partir de la finalización de la 1.a fase de la programación en la que la urbanización básica estará completada y las cesiones, el equipo y las dotaciones en funcionamiento.

   De esta manera se produce un solape de dos años entre la 2.a fase de urbanización y los dos primeros años de ejecución de la edificación.

e) Propuesta de localización de los terrenos de cesión gratuita al Ayuntamiento:
   La equidistribución que apruebe definitivamente la Administración Actuante, será la que finalmente decida donde se localizan los terrenos edificables que como cesión del 10% del aprovechamiento le corresponden (señalar que parte de este 10% corresponde al Ayuntamiento de Muskiz, por estar el ámbito de la U.E. 5-2 en ambos municipios).
   La propuesta de este PAU, no obstante, sería ubicarlos junto al límite Oeste, dando frente al espacio libre denominado EL-3, en la Zona R.3, donde se pueden situar cuatro viviendas en hilera (ver plano 2.11 del PERI).
   Esta cesión debe ser gratuita, libre de gastos de urbanización y de cualquier otra carga en concepto de participación de la comunidad en las plusvalías generadas por la ordenación.
   En el caso de que la cesión no dé lugar a derecho de pleno dominio de al menos un solar, la misma podría sustituirse por el abono en metálico de su valor (artículo 27.5 de la LS y U).

f) Programa de realojos:
   En el ámbito a desarrollar a través del presente Programa, no existen edificaciones con ocupantes que deban ser realojados, resultando inaplicable la disposición adicional segunda de la LSU.

g) Plazos de cesión de la obra de urbanización, de los terrenos y, en su caso, los derechos correspondientes a dotaciones públicas:
— La obra de urbanización se entregará a la Administración Actuante una vez acabadas las obras que, en todo caso, no será en un plazo superior a los cuatro años de aprobada definitivamente por la Administración Actuante la equidistribución, formalizada e inscrita en el registro correspondiente.
— Los terrenos y los derechos de las dotaciones públicas, se entregan una vez formalizada e inscrita en el registro correspondiente la equidistribución que la Administración Actuante apruebe definitivamente.
   Todo lo cual se publica para general conocimiento y efectos oportunos.

   En Zierbena, a 30 de octubre de 2007.—El Alcalde, Marcelino Elorza Talledo
bittte

Atalayero

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Re: Programa Actuación Urbanizadora U.E. 5-2 La Arena (Zona Camping)
« Reply #1 on: March 11, 2009, 20:00:19 PM »
Me ha parecido ver un cartel en el terreno que tiene una casita y que está antes del camping, en la playa, pero no me he fijado que ponía.

¿Alguién se ha fijado? ¿Qué pone?

Atalayero

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Re: Programa Actuación Urbanizadora U.E. 5-2 La Arena (Zona Camping)
« Reply #2 on: March 12, 2009, 10:42:00 AM »
Sí, hay un cartel que pone www.grupopromega.com

Y entrando a la web sale una foto de los terrenos del camping y el texto siguiente:

"Próxima promoción de 64 viviendas en urbanización cerrada con zonas ajardinadas y piscina.
Un lugar privilegiado junto a la playa de La Arena, con la tranquilidad que da vivir junto al mar y en plena naturaleza".

TalosGüevos

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Re: Programa Actuación Urbanizadora U.E. 5-2 La Arena (Zona Camping)
« Reply #3 on: March 12, 2009, 18:41:48 PM »
Sí, hay un cartel que pone www.grupopromega.com

Y entrando a la web sale una foto de los terrenos del camping y el texto siguiente:

"Próxima promoción de 64 viviendas en urbanización cerrada con zonas ajardinadas y piscina.
Un lugar privilegiado junto a la playa de La Arena, con la tranquilidad que da vivir junto al mar y en plena naturaleza".


Mentira,,, vives rodeado de industrias y la mayor parte del tiempo tambien de cerdos.
Así que.... que maravilla!!!!